Resumen del Artículo 68 bis

Artículo 68 bis del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas (codigo) — bis. Deducción por pensiones no contributivas de jubilación.

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 68 bis

¿Qué dice el Artículo 68 bis del codigo?

bis. Deducción por pensiones no contributivas de jubilación.

¿El Artículo 68 bis del codigo está vigente?

El artículo 68 bis del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 68 bis dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 68 bis?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.